Pagar cota cero por local cuando ya hay cota cero

Buenas.., antes de explicar el tema ya os digo que voy a pagar a un especialista en el tema para que me asesore.., pero acabo de tener una conversación con uno de los administradores de la comunidad y me ha calentado y quiero desahogarme y buscar opiniones.

Tengo un local en un bajo y la comunidad va a cambiar los ascensores y han decidido que ya que los cambian van a bajarlos hasta abajo e incluso uno de ellos lo van a subir a los trasteros...

EL terma es que en su día ya se hizo obra en el portar para adecuarlo a minusválidos o quien lo necesitase y se instaló un elevador. Es decir.., cualquier persona puede acceder a los ascensores sin mayor ayuda que la suya...

No se supone que bajar los ascensores hasta abajo y subirlo a los trasteros es una mejora y los locales no tendrían que participar en esa derrama?? SI no hubiese cota cero entiendo que es necesario.., pero ya habiendo accesibilidad entiendo que es una mejora y no tengo por qué participar..., no??

Porque el tío se limitaba a decirme que era la ley y básicamente que me tengo que joder..., y me ha cabreado su actitud de tal manera que lo voy a mirar hasta el final aunque ya estaba aportando mensualmente el dinero que propusieron para aliviar el pago en el momento que haya que hacerlo...
Yo he sido testigo de hacerle pagar al del bajo comercial la bajada a cota 0 del ascensor, y además perder parte de su local comercial para poder realizarse la obra. Por ningún lado el local comercial tiene acceso al ascensor, por si había dudas.

También he visto como un local de Abanca paralizó y sigue paralizada la instalación de un ascensor por no querer facilitar el espacio por donde debe pasar el ascensor (perdería una parte del local). Y se supone que hay sentencias donde no es posible que pase esto, pero pasa.

Si te dijera que trabajo en el sector, y veo cosas "raras" a diario... Se supone que las escaleras al ascensor se instalaban por la imposibilidad de bajar este a cota 0, pero he visto casos donde se ha hecho para ganar plazas de garaje. Años después vienen los problemas.

Lo mejor es cuando se llega a un acuerdo entre los vecinos, pero por desgracia eso no pasa siempre.
Torres escribió:acabo de tener una conversación con uno de los administradores de la comunidad .



la mayoría de administradores hacen cosas que no se deben hacer, que entienda el que quiera
Depende de lo que ponga en la escritura de division horizontal.

A nosotros en una comunidad nos quisieron cobrar el ascensor, cuando el local no tiene entrada por dicha comunidad, y en las escrituras ponía que estaba exento, hablamos con el abogado y nos dijo que primero había que pagar y después pleitear.
Pagamos, casi 5000€, les demandamos y ganamos obviamente, y ademas a la comunidad se le condeno es costas....

Así que en principio si el local no tiene entrada/salida por alguna zona de la comunidad deberías estar exento de pagar.
zell1990 escribió:Yo he sido testigo de hacerle pagar al del bajo comercial la bajada a cota 0 del ascensor, y además perder parte de su local comercial para poder realizarse la obra. Por ningún lado el local comercial tiene acceso al ascensor, por si había dudas.


Yo ya perdí un trozo de techo en otro local por lo mismo y hubo que pagar la obra..., pero mi duda es si habiendo ya cota cero tengo obligación de pagar esa mejora o no...

nartolome escribió:
Torres escribió:acabo de tener una conversación con uno de los administradores de la comunidad .



la mayoría de administradores hacen cosas que no se deben hacer, que entienda el que quiera


Este en concreto es un gilipollas y me ha calentado.... No voy a decir todo lo que me justificaba pero se resumía a "te jodes" y es lo que me ha cabreado... Que yo iba a pagar los 8.000 euros y ahora me voy a buscar mil maneras de no hacerlo...

kitinota escribió:Depende de lo que ponga en la escritura de division horizontal.

A nosotros en una comunidad nos quisieron cobrar el ascensor, cuando el local no tiene entrada por dicha comunidad, y en las escrituras ponía que estaba exento, hablamos con el abogado y nos dijo que primero había que pagar y después pleitear.
Pagamos, casi 5000€, les demandamos y ganamos obviamente, y ademas a la comunidad se le condeno es costas....

Así que en principio si el local no tiene entrada/salida por alguna zona de la comunidad deberías estar exento de pagar.


En los estatutos de la comunidad pone que estaría exento pero supuestamente salió alguna nueva normativa con el tema de la accesibilidad... Que esa es otra.., los hijoputas me dijeron que en los estatutos ponía que los locales tienen que pagar pero no saben que tengo los estatutos y todos los planos del edificio porque lo hizo mi abuelo










EDITO: y no sé si está quedando claro.., la cota cero ya la pagó el local cuando se hizo la otra obra cota cero..., por eso pregunto si esto es una mejora o una obra "obligatoria" de accesibilidad...
@Torres

Si esta en los estatutos paga, porque para pleitear con la comunidad tienes que estar al dia, y después denunciamos, tienes el juicio ganado al 100%.
Las comunidades son unas jetas....y se aprovechan de la gente que no quiere lios.
kitinota escribió:@Torres

Si esta en los estatutos paga, porque para pleitear con la comunidad tienes que estar al dia, y después denunciamos, tienes el juicio ganado al 100%.
Las comunidades son unas jetas....y se aprovechan de la gente que no quiere lios.


Pero estamos hablando de unos estatutos basados en leyes de 1960 creo…, que en teoría han cambiado.

Pero mi duda más allá de tener que pagar la obra de cota cero es si realmente es una obra necesaria o una mejora.., porque accesibilidad ya hay… Y no es lo mismo tener que hacerlo por cojones que querer aprovechar la obra del ascensor para hacer mejoras en el portal.
@Torres

Y que dice la escritura de division horizontal?, eso es sagrado, y tiene mas validez que los estatutos.

Porque tu imaginate que se votan y cambian los estatutos para cobrar limpieza de portal a los locales....lo podrían poner en los estatutos, pero eso no es legal, los locales que no tienen acceso a la comunidad por ningún sitio están exentos de gastos de comunidad. Simplemente deberías pagar la parte de seguro que te toque por coeficiente o alguna derrama que afecte a zonas comunes a ti, fachada, tejado, etc....
Torres escribió:
EDITO: y no sé si está quedando claro.., la cota cero ya la pagó el local cuando se hizo la otra obra cota cero..., por eso pregunto si esto es una mejora o una obra "obligatoria" de accesibilidad...


la cota cero es el nivel de la acera

dile al administrador que te ponga eso mismo que dice por escrito, que lo firme y te lo envie por email y de paso pidele una copia del libro de actas que te lo envie también por email (no tienes que firmarle nada para que te lo de)

no aceptes documentos entregados en mano, pueden ser falsos y luego no podras demostrar quien te los dio

os ha entregado movimientos del banco por email para corroborar gastos? si te dice alguna historia de no poder daros las cuentas del banco por la LOPD, os esta robando

esos presupuestos de obras estan desglosados?

puede haber subvención, pero para evitar que les pillen con precios inflados los administradores no suelen entregar toda la documentación cundo piden la subvencion y hacen perder la subvención, como muchas otras obras


PD: yo grabaría todas las conversaciones con ese personaje
Buenas.., refloto el hilo porque mañana tengo una reunión de vecinos por el tema este y he mirado el tema entre cero y nada jajajajaj....

Al final resulta que en la anterior obra para poner el elevador por tema de accesivilidad los locales no pagaron... Como no era mucho fue un "bueno no paguéis que total no es lógico..." pero ahora que las cantidades son considerables ya quieren que paguemos... Al final con lo de los 8.000 euros veo que me quedé corto...

Eso se puede consideran un punto a favor?? Es decir.., si la anterior obra no la pagamos por qué vamos a tener que pagar esta??? O no sirve para nada???

Que en los estatutos ponga que no tenemos que pagar realmente sirve para algo?? Leo que hay leyes posteriores y demás pero no que anulen expresamente lo que dice los estatutos... Puede una ley anular los estatutos de una comunidad???

Al final si quieren aprovechar el cambiar los ascensores para volver hacer cota cero es otro punto a nuestro favor porque se considera una mejora más que una obra de necesidad???
Torres escribió:No se supone que bajar los ascensores hasta abajo y subirlo a los trasteros es una mejora y los locales no tendrían que participar en esa derrama?? SI no hubiese cota cero entiendo que es necesario.., pero ya habiendo accesibilidad entiendo que es una mejora y no tengo por qué participar..., no??



Eso no es asi, no tienes que pagar, a nosotros nos paso algo parecido....

Te cuento, en un local que tenemos en un edificio (hecho por la familia) nos querían hacer pagar por los ascensores nuevos, cuando en la escritura de división horizontal consta claramente que los locales comerciales que no tengan acceso por el portal están exentos de pagar, pues aun con eso la comunidad no quiso obligar a pagar.
Hablamos con un intimo amigo de mi padre que es abogado del estado, y nos dijo que no teníamos que pagar, pero....que para pleitear con la comunidad teníamos que estar al dia con todos los pagos, incluido este ultimo que nos pedían (unos 5000€) asi que pagamos, los llevamos a juicio, ganamos como estaba claro, y a ellos los condenaron en costas y a devolver el dinero + intereses.

Asi que si los denuncias ganas seguro, eso si, como te cuento antes tendrás que pagarles
kitinota escribió:
Torres escribió:No se supone que bajar los ascensores hasta abajo y subirlo a los trasteros es una mejora y los locales no tendrían que participar en esa derrama?? SI no hubiese cota cero entiendo que es necesario.., pero ya habiendo accesibilidad entiendo que es una mejora y no tengo por qué participar..., no??



Eso no es asi, no tienes que pagar, a nosotros nos paso algo parecido....

Te cuento, en un local que tenemos en un edificio (hecho por la familia) nos querían hacer pagar por los ascensores nuevos, cuando en la escritura de división horizontal consta claramente que los locales comerciales que no tengan acceso por el portal están exentos de pagar, pues aun con eso la comunidad no quiso obligar a pagar.
Hablamos con un intimo amigo de mi padre que es abogado del estado, y nos dijo que no teníamos que pagar, pero....que para pleitear con la comunidad teníamos que estar al dia con todos los pagos, incluido este ultimo que nos pedían (unos 5000€) asi que pagamos, los llevamos a juicio, ganamos como estaba claro, y a ellos los condenaron en costas y a devolver el dinero + intereses.

Asi que si los denuncias ganas seguro, eso si, como te cuento antes tendrás que pagarles


Pero hace cuántos años de eso.., porque me están diciendo que han salido leyes (o lo que sea) nuevas de que los locales tienen que pagar... Pero sólo si no figura nada en estatutos de la comunidad o si expresamente pone que estamos exentos no hay vuelta de hoja??

De todas formas mañana me voy a quedar a gusto jajajaj.., hace falta ser hijo de puta de hacerme pagar 10.000 euros conociéndome todos desde que nací por una puta obra que saben que no afecta en nada a mi negocio... Ni empatía ni mierdas...., aquí por ahorrarse unos cientos me hacen pagar unos miles...

Y seguramente me suponga menos que a la mayoría de los vecinos..., pero me la suda.., estoy en guerra [poraki] [poraki] [poraki] [poraki] [poraki]
@Torres

Unos 3/4 años, voy a preguntar si tenemos la sentencia para ver exactamente que decir.

Que te digan misa, que no tienes que pagar nada de los portales si el local no tiene acceso directo al portal.
Tengas o no razón va a ser difícil que esto lo puedas solucionar sin ir a los tribunales.

Una vez que te informes si tienes razon enviales un burofax explicandoles porque no deberias pagar.
kitinota escribió:@Torres

Unos 3/4 años, voy a preguntar si tenemos la sentencia para ver exactamente que decir.

Que te digan misa, que no tienes que pagar nada de los portales si el local no tiene acceso directo al portal.

Ostia si tuvieras la sentencia para llevarla mañana como prueba estaría interesante. Muchas gracias por tu colaboración [beer]


Nepal77 escribió:Tengas o no razón va a ser difícil que esto lo puedas solucionar sin ir a los tribunales.

Una vez que te informes si tienes razon enviales un burofax explicandoles porque no deberias pagar.

Ya supongo que siendo 33 contra tres locales no tenemos las de ganar a buenas XD
Torres escribió:Ya supongo que siendo 33 contra tres locales no tenemos las de ganar a buenas XD


A buenas nada, de eso se aprovechan la comunidades, y si quieres ir a juicio como te he dicho antes tienes que estar al dia con la comunidad, aunque lo que te pidan no te corresponda pagarlo.
De todas formas otro detalle ya fuera del tema cota cero???

Yo como local que no pago los gastos comunidad, mantenimiento de ascensores y tal tendría que pagar el cambio de ascensores si no fueran a bajarlos hasta la cota cero?? EN caso de que no y me obligase a pagar el tema de la cota cero me tendrían que desglosar sobre qué cantidades y parte de la obra tengo que pagar mi porcentaje??
Torres escribió:De todas formas otro detalle ya fuera del tema cota cero???

Yo como local que no pago los gastos comunidad, mantenimiento de ascensores y tal tendría que pagar el cambio de ascensores si no fueran a bajarlos hasta la cota cero?? EN caso de que no y me obligase a pagar el tema de la cota cero me tendrían que desglosar sobre qué cantidades y parte de la obra tengo que pagar mi porcentaje??


No, a ti solo te corresponden elementos comunes de fuera del portal, como actuaciones en fachada, tejado, etc....ademas de pagar tu parte porcentual del seguro de la comunidad
kitinota escribió:
Torres escribió:De todas formas otro detalle ya fuera del tema cota cero???

Yo como local que no pago los gastos comunidad, mantenimiento de ascensores y tal tendría que pagar el cambio de ascensores si no fueran a bajarlos hasta la cota cero?? EN caso de que no y me obligase a pagar el tema de la cota cero me tendrían que desglosar sobre qué cantidades y parte de la obra tengo que pagar mi porcentaje??


No, a ti solo te corresponden elementos comunes de fuera del portal, como actuaciones en fachada, tejado, etc....ademas de pagar tu parte porcentual del seguro de la comunidad


Ayer estuve en la reunión y me explicaron que no es una obra ordinaria sino una instalación exnovum o no sé qué putas mierdas y que ahí no hay vuelta de hoja..., que lo único que se podría hacer es una votación a todos los propietarios por si nos quieren eximir del pago pero con que uno diga que no pues a pagar...

Al final creo que no va a llegar a 10.000 lo que me tocaría pagar y no sé si cerrar los ojos y ya está por no tener líos con los vecinos... Me informaré algo más pero lo que paso es de ir a juicio...
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